La situación que se vive en todo el país es excepcional y nunca se ha vivido algo así. Una alarma sanitaria que obliga a la población a confinarse en casa, pero… ¿Sabemos en qué casos de extrema necesidad podemos salir a la calle? ¿Y de qué forma hacerlo? Vamos a intentar responder algunas de estas preguntas que tiene la población:
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Sí, pero solo para comprar alimentos, productos farmacéuticos o y bienes de primera necesidad, a excepción de los estancos y quioscos que se van a mantener abiertos. El resto de compras está totalmente prohibidas.
Es preferible hacer desde casa todas las consultas médicas que no sean de gravedad. Ya sea por vía telemática o teléfono. Muchos ambulatorios ya dan esa opción. Sí que está permitido centros y servicios sanitarios si la urgencia de la enfermedad así lo requiere.
Siempre que sea solo para ir al trabajo y volver, para repostar gasolina o por una cuestión de urgencia que se tendrá que justificar ante las autoridades policiales. Otro tipo de viaje queda totalmente prohibido.
Sí, pero la asistencia a lugares de culto y ceremonias civiles y religiosas, incluso las fúnebres, está condicionada al espacio. Si no se puede garantizar el metro de distancia entre los asistentes, habrá limitación de aforamiento.
¿En qué casos puedo salir a la calle?
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Muy bien, así toda la población está informada de sus obligaciones y derechos.