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Cosas que puedes llevar y las que no en tu equipaje de mano

Lamentablemente, los atentados terroristas de los últimos años han provocado un aumento muy fuerte de la seguridad aérea que ha recaído en gran parte en los viajeros, sobre los que se extreman las medidas de control. Así, aunque muchos sabéis lo que se puede y lo que no se puede llevar en tu equipaje de mano a la hora de volar, no está de más hacer un repaso para que luego no nos encontremos con problemas. En Europa esas medidas de seguridad son comunes, merced a un Reglamento de la UE de 2010. Todos los pasajeros que acceden a las zonas de embarque han de pasar un control de seguridad, atravesando un arco detector de metales y pasando su equipaje de mano y el resto de los objetos que lleven consigo por un equipo de inspección de rayos-X que determinará qué objetos se deben quedar en tierra. Otra cosa es el equipaje se debe facturar, donde hay menos restricciones pero un riesgo mayor de que nos la pierdan.

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1. Ordenadores portátiles: sí

Al pasar por el arco de seguridad, los pasajeros que lleven un ordenador portátil deben sacarlo de su funda, igual que cualquier otro dispositivo eléctrico y/o electrónico grande, y colocarlos en la bandeja para que sean inspeccionados separadamente de dichas fundas y del resto del equipaje de mano en los controles de seguridad. Una vez superado el control, pueden pasar con ellos.

Ordenadores portátiles. Olga Berrios (Flickr)

 

2. Implantes metálicos.

Es evidente que al pasar por el arco de seguridad, los viajeros que tengan un implante metálico van a ‘pitar’. Nos referimos a marcapasos, implantes cocleares o aparatos como prótesis metálicas. Aquellos pasajeros que lleven estos implantes deberán indicar su situación especial al personal de seguridad antes de pasar por los arcos detectores, para que sean inspeccionados manualmente.

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Marcapasos visto en una radiografía. Silvana Ciardullo (Flickr)

 

3. Armas, obviamente no.

Parece de perogrullo pero conviene recordar que cualquier arma de fuego está prohibida en el equipaje de mano, y desde Aena incluso detallan cuáles son esas armas prohibidas: «Cualquier objeto que pueda lanzar un proyectil o causar una lesión o parezca poder hacerlo”. Y pone ejemplos además: todo tipo de armas de fuego (pistolas, revólveres, rifles, escopetas, etc.); pistolas de juguete, reproducciones de armas de fuego y armas de fuego de imitación que puedan confundirse con armas reales; piezas procedentes de armas de fuego (excepto visores y miras telescópicas); armas de aire comprimido o de CO2, tales como pistolas, escopetas de perdigones, rifles y pistolas de balines; pistolas para lanzar cohetes de señales; pistolas ‘Starter’; ballestas, arcos y flechas; hondas y tirachinas; arpones y fusiles de pesca; pistolas de matarife; y aparatos para aturdir o provocar descargas, tales como aguijones para ganado o pistolas tipo láser.

Pistola. Juiceeric18 (Flickr)

 

4. Armas blancas.

Y al igual que las armas de fuego, las armas blancas también están prohibidas, pero lejos de pensar en la típica navaja o machete, desde Aena se nos detalla un gran número de artilugios que se encuentran dentro de esta categoría y que conviene conocer para que no haya dudas. En general, cualquier objeto de punta afilada o borde cortante que pueda provocar lesiones estaría prohibido, y dentro de esta categoría estarían: hachas, hachuelas y hendiduras; crayones; arpones y jabalinas; piquetas y picos para hielo; patines de hielo; navajas automáticas; navajas de resorte y cuchillos con hoja de una longitud superior a 6 cm., de metal o cualquier otro material resistente que permita su uso como arma; cuchillas y navajas de afeitar abiertas (excepto navajas de afeitar de seguridad o desechables, cuyas cuchillas están encapsuladas); sables, espadas y bastones-espada; cúter; machetes; bisturíes; tijeras cuyas hojas superen los 6 cm. de longitud a partir del eje; estrellas arrojadizas; bastones de esquí y excursionismo; y equipos de artes marciales punzantes o cortantes.

Navaja. Roanish (Flickr)

 

5. Herramientas.

Ojo los amantes del bricolaje porque muchas de sus herramientas están prohibidas por ser consideradas arrojadizas y que pueden causar daños. Entre estas herramientas destacan: taladros, incluidos taladros eléctricos portátiles sin cable; brocas; cuchillas y cuchillos profesionales; sierras, incluidas sierras eléctricas portátiles sin cable; destornilladores, formones, palancas, martillos, alicates, llaves inglesas, llaves de grifa, etc; sopletes; y pistolas de proyectil fijo y pistolas grapadoras.

Destornillador, taladradora y tornillos. Sebastian Alvarez (Flickr)

 

6. Los llamados objetos contundentes.

Bajo el mismo criterio que con las herramientas, las autoridades han decidido prohibir ciertos artículos en el equipaje de mano ya que pueden ser utilizados como arma. Los que practiquéis algún deporte tendréis que estar atentos a las restricciones porque muchos artículos pueden estar prohibidos. Se trata de bates de béisbol y softball; palos y bastones, rígidos o flexibles (porras, cachiporras, bastones, etc.); bates de críquet; palos de golf; palos de hockey; palos de lacrase; remos de kayak y canoa; tacos de billar; y equipos para artes marciales (nudilleras de metal, palos, porras, mayales, nunchacus, kubatones, kubasaunts, etc.).

Palo de golf. Rafa Otero (Flickr)

 

7. Sustancias explosivas e inflamables.

Cuesta creer que alguien vaya con un bidón de disolvente en el equipaje de mano, la verdad, pero por si alguien piensa en hacerlo, ha de saber que está prohibido. Esto parece claro y evidente pero hay otros líquidos inflamables (como el alcohol) para lo que seguro que tenemos más dudas. Por si acaso, para resolverlas, todo esto que enumeramos es lo que está prohibido: municiones; fulminantes; detonadores y espoletas; explosivos y dispositivos explosivos; reproducciones e imitaciones de explosivos y dispositivos explosivos; minas y otras cargas explosivas de uso militar; granadas de todo tipo; gas y bombonas de gas (butano, propano, acetileno, oxígeno, etc.) en gran volumen; fuegos de artificio, bengalas de todo tipo y otros artículos de pirotecnia (lo cual incluye petardos y fulminantes de juguete); fósforos (excepto los de seguridad); cartuchos generadores de humo; combustibles líquidos inflamables (gasolina, gasoil, combustible para encendedores, alcohol, etanol, etc); nebulizadores de pintura; aguarrás y disolventes de pintura; y bebidas alcohólicas cuya gradación alcohólica volumétrica supere el 70 por ciento (140% proof).

Bombonas de butano. Srgpicker (Flickr)

 

8. Sustancias químicas y tóxicas.

También está prohibida en el equipaje de mano cualquier sustancia química o sustancia tóxica que constituya un riesgo para la salud de los pasajeros y la tripulación, así como para la seguridad de las aeronaves y los bienes. Entre ellas están los ácidos y álcalis (por ejemplo, baterías húmedas que puedan sufrir derrame); sustancias corrosivas o blanqueadoras (mercurio, cloro, etc.); productos químimos, gases y nebulizadores neutralizadores o incapacitantes, tales como macis, rociadores de sustancias picantes, aerosoles de pimienta, gases lacrimógenos, rociadores de ácido, aerosoles repelentes de animales, etc.; material radiactivo (por ejemplo, isótopos para uso médico o comercial); venenos; materiales infecciosos o que entrañen un riesgo biológico (por ejemplo, sangre infectada, bacterias y virus); materiales con capacidad de inflamación o combustión espontáneas; y aparatos extintores.

Productos químicos. IES MANUEL GARCÍA BARROS A ESTRADA – PONTEVEDRA (Flickr)

 

9. Líquidos.

Dejamos para el final a ‘la madre de todas las dudas y problemas’, el de los líquidos. ¿Qué pasa con la colonia, la pasta de dientes o una simple botella de agua? Bien, todo eso lo podemos meter en el equipaje de mano siempre y cuando se cumpla una premisa: recipientes de menos de 100 ml. Todos esos recipientes deben ir a su vez metidos en una bolsa de plástico transparente con sistema de apertura/cierre y de capacidad no superior a 1 litro (bolsa de aproximadamente 20 x 20 cm.). Sólo se puede transportar una bolsa por pasajero, incluidos niños. Los contenidos de esta bolsa deberán caber cómodamente y la bolsa con dichos contenidos deberá poder cerrarse completamente. Los pasajeros deberán proveerse de dichas bolsas antes del inicio de su viaje. Pueden adquirirlas en cualquier centro comercial, siempre que cumplan con los requisitos establecidos, o en las tiendas de algunos aeropuertos.

Botellas de agua. Nacho (Flickr)

 

10. Medicamentos.

Los líquidos que deban ser utilizados durante el viaje bien por necesidades médicas o por necesidad de dietas especiales, incluyendo la comida de los niños, también están permitidos. Eso sí, se recomienda que, en la medida de lo posible, el pasajero lleve consigo la receta médica o justificación de su condición particular.

Medicamentos. Junta de Andalucía (Flickr)

 

11. Artículos del ‘duty free’.

Los líquidos como bebidas o perfumes comprados en las tiendas de un aeropuerto o en una aeronave de cualquier compañía aérea también están permitidas en el equipaje de mano, pero han de ir empaquetados en bolsas de seguridad homologadas y precintadas, dentro de las cuales figure el recibo de compra del aeropuerto o a bordo de la aeronave.

Duty free de un aeropuerto. Jennifer Woodard Maderazo (Flickr)

 
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David García

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